La figura del investigado en el procedimiento penal

La figura del investigado en el procedimiento penal

La figura del investigado, que existe en cualquier procedimiento penal, puede llegar a generar confusión para aquellas personas que desconocen en profundidad el lenguaje jurídico. Una persona investigada no implica que sea una persona procesada o acusada, por lo que es importante conocer la diferencia que existe entre estos términos para poder hablar con propiedad de cada uno de ellos. Es muy frecuente encontrar las palabras acusado, procesado e imputado como términos iguales en los medios de comunicación, algo que puede prestar a la confusión, ya que estas denominaciones hacen referencia a momentos diferentes de cualquier proceso penal.

¿Cuándo aparece la figura del investigado en un procedimiento penal?

Hay que considerar que hay que tres etapas claras y bien definidas en cualquier procedimiento judicial. Si bien esto puede ir modificándose de acuerdo al tipo de caso, la mayoría de las veces pueden distinguirse estas tres etapas:

  • Investigación
  • Preparación del juicio
  • Juicio oral

Cabe destacar que una persona investigada puede llegar a no ser imputada o acusada, como resultado de la investigación del delito, y puede no llegar a juicio o bien, llegar a ser acusada como responsable. La figura del investigado entonces, aparece durante la primera etapa de investigación, ya que luego esta persona pasa a ser acusada o procesada.

¿Qué implica la figura del investigado?

La figura del investigado implica que la persona se encuentra sujeta a una investigación por su presunta relación con un delito. Este delito será objeto de investigación para conocer si el investigado puede llegar a ser acusado y hay bases firmes para un futuro juicio. Es de destacar que la figura del investigado puede o no ser culpable, el ser investigado no implica necesariamente que luego sea condenado por el delito. Cuando alguien es declarado como investigado esto puede deberse a tres motivos:

  • La suposición de comisión de un delito leve
  • La comisión de un delito que da inicio a un procedimiento abreviado
  • La comisión de un delito que da inicio a un procedimiento regular

El término imputado es un sinónimo de investigado, pero su connotación negativa ha hecho que deje de utilizarse para dar lugar a la denominación de investigado.
Al momento de ser declarado como investigado, en el inicio o durante un proceso penal, se abre el derecho de defensa, la misma es cuando la persona puede comparecer con un abogado, además de ser informado de los hechos en los que se lo involucra y de los derechos que posee como investigado.

Algunos de estos derechos son:

  • Derecho a no declarar contra uno mismo o no confesar su culpabilidad
  • Derecho a guardar silencio y declarar sólo ante el juez
  • Designar a un abogado o pedir un abogado de oficio. En Neofin Asesores contamos con un despacho de abogados que esta a tu entera disposición.
  • Derecho a ser informado de los sucesos que se le atribuyen
  • Derecho a examinar las actuaciones

La figura del investigado sólo puede aplicarse a personas físicas mayores de 18 años, con las aptitudes necesarias para poder participar conscientemente de un juicio, entendiendo la acusación que pesa sobre ellos y pudiendo ejercer su derecho de defensa. Las personas menores de 18 años no se consideran responsables criminalmente y se aplicará lo dispuesto en base a la ley establecida para determinar la responsabilidad del menor en el delito.

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