El próximo 6 de abril da comienzo la Campaña de la Renta 2021. Llega el momento de realizar los trámites con Hacienda y este año viene con novedades para todos aquellos contribuyentes que hayan realizado operaciones de compra y venta de criptomonedas; eso sí, en el caso de tener Bitcoins o cualquier otro tipo de monedas virtuales.
Como usuarios, vamos a inaugurar una nueva casilla dedicada a las criptomonedas, ya que, hasta la fecha, estos saldos tenían que ser incluidos en un aparato genérico de ‘otros bienes’. Ahora, este tipo de activos va a tener su propio apartado.
El objetivo, al ser únicamente un cambio administrativo, es facilitar la declaración al contribuyente, para que pueda encontrar más fácil dónde tiene que incluir su referencia en criptomonedas.
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¿En qué consiste esta nueva casilla?
La novedad se trata de que en el apartado de ‘Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales’, este año se ha incluido como ‘tipo de elemento’ las monedas virtuales.
De este modo, la tributación de las permutas, es decir, las compraventas de criptomonedas deberán relacionarse de la siguiente forma:
A partir de la casilla 1624 se incluirá la información y los resultados de las permutas realizadas, es decir, las ganancias o pérdidas obtenidas por comprar y vender criptomonedas.
Y la novedad principal de este año es que deberá indicarse en tipo de elemento ‘Clave 0.-Monedas Virtuales’, que se corresponde con la Casilla 1626.
A continuación, rellenaremos de la casilla 1631 a la 1637 (el resto son de cálculo automático) indicando que se trata de una ‘transmisión inter vivos onerosa’ y posteriormente añadiremos la información sobre las fechas de adquisición y venta, así como los valores de cada operación y los gastos asociados.
¿Qué personas tienen que rellenar esta casilla?
Es importante recordar que el simple hecho de comprar una criptomoneda no implica que deba declararse este movimiento en la renta ni en ningún otro impuesto a fecha actual. La obligación de declarar en este caso concreto es cuando existe una variación patrimonial, es decir, cuando se venden y cambian a euros u otras monedas de curso legal. Esto quiere decir que, si tienes las criptomonedas en wallet y no las vendes, no tienes que tributar por ellas. En cualquier caso, solo estás obligado a declarar los beneficios, si has tenido perdidas no tendrías que declararlas, aunque sería conveniente hacerlo para compensar las ganancias patrimoniales que hayas obtenido y de este modo reducir la base imponible de la declaración.
Si ya tenían que declararse ¿a qué se debe este cambio?
Al parecer, como y hemos explicado en líneas anteriores, la Agencia Tributaria lo que pretende con este cambio es obtener la mayor información posible sobre las criptomonedas y su uso actual en territorio español, ya que en el último año este tipo de activo se ha vuelto muy popular entre los ciudadanos.
Según los expertos, a nivel operativo de renta para el contribuyente apenas supone cambio, ya que lo único que realmente se modifica respecto a otros años es que especificamos que el tipo de elemento es una ‘moneda virtual‘, pero el resto de información es la misma que debíamos rellenar años anteriores.
No obstante, a nivel informativo para la Agencia Tributaria supone tener un registro de todas las operaciones con ‘moneda virtual’ de los contribuyentes que realizan la renta en territorio español, información muy valiosa para su base de datos.
¿Cómo es la multa por no declarar las criptomonedas?
Si has obtenido ganancias patrimoniales con las criptomonedas, estás obligado a declarar y si no lo haces, la Agencia Tributaria puede multarte por ello. Según las circunstancias, y si se ha producido un requerimiento o no, la sanción puede ser entre el 50 % y el 150 % de la cuota del IRPF.
En caso de presentar la declaración y no incluir las operaciones realizadas con criptomonedas, la multa de Hacienda puede implicar hasta el 26% del importe total a declarar por ello.
Además, por la ley antifraude la Agencia Tributaria también te puede sancionar si no declaras las operaciones realizadas con criptomonedas con multas desde 5000 € a 10.000 €.
¿Necesitas ayuda en la Declaración de la Renta 2021?
Esperamos con este artículo haberte ayudado a aclarar todas las dudas sobre la tributación de criptomonedas, pero si aún así te surgen dudas y necesitas que te informemos en todo lo referente a la campaña de Renta 2021, no dudes en contactarnos. En Neofin cuentas con el respaldo de los mejores contables y especialistas en materia tributaria de toda España.